Bienvenido a las Condiciones Generales de Transporte de Transvolando, S.L.. Aquí encontrarás los términos que rigen nuestros servicios de transporte por carretera, organizados por tipo de vehículo y con la novedad del sistema de paquetes Básico, Estándar y Premium que adaptamos a la urgencia y compromiso que necesite tu envío.
Estas condiciones aplican a todos los presupuestos emitidos a partir del 1 de enero de 2026 e incorporan las cifras actualizadas del Art. 22 LCTTM (Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías) referenciadas al IPREM 2026. Si tienes dudas, escríbenos a info@transvolando.es o llámanos al +34 674 34 69 12.
El sistema de paquetes Básico, Estándar y Premium
En cada presupuesto que emitimos te ofrecemos tres paquetes claramente diferenciados para que elijas según tu prioridad:
- Básico: opción más económica, sujeta a la disponibilidad real de la flota. Pensado para envíos sin urgencia, donde el plazo de carga es flexible (hasta 5 días naturales) y la atención es por email en 48 horas laborables.
- Estándar (recomendado): el equilibrio entre precio y compromiso. Carga abierta en 2 días naturales, ventana horaria de 4 horas, atención por email y teléfono en 24 horas, gestor documental online con acceso 30 días.
- Premium: el paquete más completo. Tú eliges día y hora exacta de carga y descarga, persona dedicada con móvil directo, respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp, gestor documental con acceso permanente, seguro ampliado y la Garantía Premium Transvolando (compromiso de plazo, comunicación y resolución de incidencias detallado al final de esta página).
Las diferencias concretas entre los tres paquetes en cada tipo de vehículo se detallan en cada sección y en la tabla del presupuesto que recibes.
1. Grupajes
Servicio de trailer compartido donde tu mercancía viaja junto a otros envíos en un mismo vehículo. Reduce el coste por palet o por bulto frente a un trailer completo y es la opción más eficiente para envíos pequeños o medianos.
Diferencia entre paquetes en Grupajes
- Tipo de servicio: Básico económico · Estándar comprometido · Premium servicio compartido con prioridad de salida.
- Tipo de camión: Básico según disponibilidad · Estándar más económico disponible · Premium tauliner o caja cerrada paquetera.
- Tiempos carga / descarga: Básico y Estándar 1 hora cada uno · Premium 2 horas cada uno.
- Atención: Básico email en 48 h · Estándar email o teléfono en 24 h · Premium persona dedicada con respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp.
- Cancelación: Básico 50 % del viaje si se anula con menos de 24 h (48 h en Andalucía y Extremadura) · Estándar gratuita hasta 24 h antes · Premium gratuita hasta 12 h antes.
Capacidades del trailer compartido
- Pallets europeos 120 × 80 cm: máx. 33
- Pallets americanos 120 × 100 cm: máx. 26
- Carga total admisible del vehículo: 24.000 kg
- Capacidad útil: 13,60 × 2,40 × 2,65 m (puertas 2,46 m)
Tarifas operativas de mozos y esperas (Grupajes)
Tarifas para servicios adicionales en planta o entrega:
| Tipo | Calle | Pisos / Sótanos | Especiales / 2ª planta |
|---|---|---|---|
| Miniquarter | 10 € | 17 € | 8 € |
| Quarter | 17 € | 28 € | 10 € |
| Half | 22 € | 39 € | 17 € |
| Full / Light | 28 € | 50 € | 18 € |
| Megafull | 33 € | 61 € | 20 € |
Adicionales: Mozo 66 €/hora · Espera 17 €/30 min (1ª espera sin cargo si antes de 12:00 h)
Canarias: +18 € DUA · +0,80 % seguro sobre valor facturado
Mercancías excluidas en grupaje: inflamables, explosivas, peligrosas (ADR no incluido) y refrigeradas.
2. Furgonetas
Servicio dedicado en furgoneta cerrada o lateral, ideal para envíos urgentes, exclusivos o de bajo volumen donde no compensa contratar grupaje ni un vehículo mayor.
Diferencia entre paquetes en Furgonetas
- Tipo de furgoneta: Básico la más económica disponible · Estándar furgoneta cerrada hasta 1.000 kg · Premium furgoneta cerrada o lateral hasta 1.200 kg.
- Modo carga / descarga: Básico trasera · Estándar trasera + lateral · Premium trasera + lateral + apertura completa.
- Tipo de mercancía: Básico paletizada estándar · Estándar paletizada + bultos hasta 1 m³ · Premium paletizada + bultos + frágil + alto valor.
- Atención: Básico email en 48 h · Estándar email o teléfono en 24 h · Premium persona dedicada con respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp.
- Cancelación: Básico 50 % si se anula con menos de 24 h · Estándar gratuita hasta 24 h antes · Premium gratuita hasta 12 h antes.
Capacidades de la furgoneta
- Furgoneta hasta 1.000 kg (cerrada): 3 m largo × 1,2 m ancho × 1,7 m alto (1–3 pallets EU)
- Furgoneta hasta 1.200 kg (cerrada o lateral): 4 m × 2 m × 2,1 m (4–6 pallets EU)
3. Camión Rígido
Servicio dedicado en camión rígido de 3.000 a 16.000 kg de carga útil, con caja paquetera, tauliner o lateral bajo según las necesidades del envío.
Diferencia entre paquetes en Camión Rígido
- Tipo de camión: Básico el más económico disponible · Estándar tauliner o caja paquetera · Premium tauliner, caja paquetera o lateral bajo.
- Modo carga / descarga: Básico trasera · Estándar trasera, lateral y techo · Premium trasera, lateral, techo + puente-grúa garantizado.
- Tipo de mercancía: Básico paletizada estándar · Estándar paletizada, bultos, maquinaria ligera · Premium paletizada, bultos, maquinaria pesada y sensible.
- Atención: Básico email en 48 h · Estándar email o teléfono en 24 h · Premium persona dedicada con respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp.
- Cancelación: Básico 50 % si menos de 24 h · Estándar gratuita hasta 24 h antes · Premium gratuita hasta 12 h antes.
Capacidades del Camión Rígido
- 3.000 kg: 5 × 2,2 × 2,35 m (7–9 pallets EU)
- 5.000 kg: 6 × 2,3 × 2,4 m (10–12 pallets EU)
- 7.000 kg: 7 × 2,4 × 2,4 m (13–14 pallets EU)
- 10.000 kg: 7,5 × 2,4 × 2,5 m (15–16 pallets EU)
- 12.000 kg: 8,5 × 2,48 × 2,5 m (17–18 pallets EU)
- 16.000 kg: 9 × 2,48 × 2,6 m (19–22 pallets EU)
4. Trailer Completo
Servicio dedicado en trailer completo de 24.000 kg de carga útil con tauliner o caja cerrada paquetera según paquete contratado. Aplica el régimen completo de paralizaciones e indemnizaciones del Art. 22 LCTTM.
Diferencia entre paquetes en Trailer Completo
- Tipo de camión: Básico y Estándar según disponibilidad · Premium tauliner o caja cerrada paquetera.
- Modo carga / descarga: Básico y Estándar trasera · Premium trasera + lateral.
- Peso de la mercancía admitido: Básico hasta 20.000 kg · Estándar hasta 22.000 kg · Premium hasta 24.000 kg.
- Atención: Básico email en 48 h · Estándar email o teléfono en 24 h · Premium persona dedicada con respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp.
- Cancelación: Básico 50 % si menos de 24 h · Estándar gratuita hasta 24 h antes · Premium gratuita hasta 12 h antes.
Capacidades del Trailer Completo
- Pallets europeos 120 × 80 cm: máx. 33
- Pallets americanos 120 × 100 cm: máx. 26
- Si los pallets son de 1.000 kg cada uno: máx. 24
- Cargas no paletizadas: 13,60 m × 2,40 m × 2,65 m (puertas 2,46 m)
- Carga total admisible: 24.000 kg
Paralizaciones e indemnizaciones (Art. 22 LCTTM — actualizado 2026)
Las paralizaciones se computan a partir de la 2ª hora (la primera es gratuita), de lunes a sábado, con un máximo de 10 horas computables al día. Tarifas escaladas según los días que se prolongue la paralización (base IPREM 2026 × 2):
| Día | Tarifa por hora | Máximo por día |
|---|---|---|
| Día 1 (de hora 2 a hora 10) | 40 €/h | 400 €/día |
| Día 2 (+25 %) | 50 €/h | 500 €/día |
| Día 3 y siguientes (+50 %) | 60 €/h | 600 €/día |
Indemnización por anulación (Trailer Completo)
- Servicio normal con menos de 24 h: 400 € (48 h en Andalucía y Extremadura).
- Vehículos genéricos con menos de 48 h: 500 €.
5. Maquinaria
Servicio dedicado para transporte especializado de maquinaria pesada y mercancía sobredimensionada: plataforma abierta, plataforma reforzada, tauliner o góndola estándar según el peso y dimensiones de la carga. Cargas hasta 24.000 kg. Permisos especiales y coche piloto bajo demanda.
Diferencia entre paquetes en Maquinaria
- Tipo de camión: Básico plataforma abierta · Estándar plataforma abierta, tauliner o plataforma reforzada · Premium plataforma abierta, tauliner, plataforma reforzada o góndola estándar.
- Modo carga / descarga: Básico trasera · Estándar trasera + lateral · Premium trasera + lateral + techo (puente-grúa) + rampas de góndola estándar.
- Tipo de mercancía: Básico maquinaria ligera paletizada · Estándar maquinaria media y bultos · Premium maquinaria pesada, sensible y de alto valor.
- Atención: Básico email en 48 h · Estándar email o teléfono en 24 h · Premium persona dedicada con respuesta inmediata por teléfono o WhatsApp.
- Cancelación: Básico 50 % si menos de 24 h · Estándar gratuita hasta 24 h antes · Premium gratuita hasta 12 h antes.
Paralizaciones · Maquinaria estándar (recargo +50 % sobre base IPREM 2026)
Tarifa por hora a partir de la 2ª (1ª gratuita), máximo 10 h/día computables:
| Día | Tarifa por hora | Máximo por día |
|---|---|---|
| Día 1 (de hora 2 a hora 10) | 60 €/h | 600 €/día |
| Día 2 (+25 %) | 75 €/h | 750 €/día |
| Día 3 y siguientes (+50 %) | 90 €/h | 900 €/día |
Paralizaciones · Góndolas y vehículos extra-medidas (recargo +100 %)
| Día | Tarifa por hora | Máximo por día |
|---|---|---|
| Día 1 | 80 €/h | 800 €/día |
| Día 2 | 100 €/h | 1.000 €/día |
| Día 3 y siguientes | 120 €/h | 1.200 €/día |
Servicios adicionales (Maquinaria)
- Coche piloto obligatorio (anchura > 3 m · altura > 4,5 m · peso > 60 t): 25 €/h o 210 €/jornada.
- Permiso especial DGT (TRAZA): 230 €/permiso.
- Permiso excepcional (peso > 110 t): 450 €/permiso.
Indemnización por anulación · Maquinaria estándar
Anulación con menos de 48 h: 600 € + permisos contratados + coche piloto si aplicaba.
Anulación · Góndolas y vehículos extra-medidas (cláusula reforzada)
Para góndolas y transportes extra-medidas, la anulación con menos de 24 horas implica que el cliente pierde el importe completo del viaje. Como mínimo se cobrará: desplazamiento del vehículo a punto de carga + 800 € + 1,80 €/km de retorno a base + permisos contratados + coche piloto si aplicaba.
Garantía Premium Transvolando
Compromiso escalonado de plazo, comunicación y resolución de incidencias aplicable únicamente al paquete Premium. Si fallamos, te lo compensamos de forma automática y proporcional al impacto. Esto es lo que firmamos contigo cuando contratas el paquete Premium.
01. Plazo de entrega
- Retraso de 4 a 6 h sobre la hora pactada → 15 % de crédito aplicable a tu próximo envío.
- Retraso de 6 a 12 h → 30 % de crédito aplicable a tu próximo envío.
- Retraso superior a 12 h → 50 % de crédito en próximo envío + 10 % de reembolso al método de pago original.
02. Comunicación garantizada
Horario laboral: L–V de 09:00 a 18:00, excluidos festivos nacionales y de la Comunidad de Madrid. Si nos llamas y no contestamos en 30 minutos, te devolvemos la llamada y aplicamos 10 € de crédito por cada hora hasta atenderte, con un tope de 50 € por incidencia.
03. Reclamaciones
- Plazo para reclamar: 10 días naturales desde la entrega.
- Resolución por nuestra parte: máximo 10 días naturales desde la recepción (mejor que los 21 días que marca el Art. 60 LCTTM).
Excluido por fuerza mayor: averías mecánicas no previsibles, atascos extraordinarios, climatología extrema, retenciones en aduanas, huelgas sectoriales, accidentes de tráfico ajenos al transportista y restricciones de circulación sobrevenidas.
Cargas aéreas y mercancías peligrosas
Para envíos por vía aérea (urgentes internacionales) y mercancías peligrosas (ADR) aplican condiciones específicas adicionales:
- Restricciones por tipo de mercancía y embalaje según normativa IATA / ADR.
- Documentación complementaria: declaración del expedidor, ficha de seguridad, etiquetado UN.
- Cotización siempre individualizada (no aplica calculadora web). Solicítanos presupuesto en info@transvolando.es.
- El régimen general de paralizaciones e indemnizaciones del Trailer Completo se aplica en lo que sea compatible con la normativa específica.
Condiciones generales aplicables a todos los servicios
Cotización · Incluye
- Seguro LOTT (transporte nacional) o CMR (transporte internacional) hasta 90.000 €/viaje. No es seguro a todo riesgo.
- Tiempos de carga y descarga según paquete contratado (1 h o 2 h cada uno).
Cotización · No incluye
- IVA ni otros impuestos.
- Hora determinada de carga / descarga salvo acuerdo previo.
- Permisos urbanos o tasas municipales.
- Paradas en aduanas: 35–55 €/h (máx. 400–550 €/día).
- Certificación previa de viabilidad de acceso al vehículo en punto de carga / descarga (responsabilidad del cliente).
Mercancías
Recogidas y entregas en plantas bajas, a pie de calle. ADR (mercancías peligrosas) NO incluido salvo solicitud específica. Pallets correctamente embalados, identificados con remitente, destinatario y número.
Seguro
Cobertura LOTT/CMR hasta 90.000 €/viaje. Para valores superiores se requiere valoración escrita previa y suplemento de seguro a todo riesgo.
Validez de tarifas y presupuestos
Los presupuestos emitidos tienen una validez de 30 días naturales desde la fecha de emisión.
Revisión del precio por variación del gasóleo (Art. 38 LCTTM)
De acuerdo con el Art. 38 de la Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, modificado por el Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo, el precio del transporte pactado se revisará automáticamente al alza o a la baja cuando, entre la fecha de firma del contrato (o emisión del presupuesto) y la fecha de prestación efectiva del servicio, el precio del gasóleo haya variado en un porcentaje igual o superior al 5 % (o el porcentaje inferior que las partes hayan podido pactar).
La revisión se calcula aplicando la fórmula publicada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en las condiciones generales de contratación del transporte de mercancías por carretera. La factura del transporte refleja siempre el coste del combustible de forma separada cuando esta cláusula entra en juego.
Esta cláusula es imperativa conforme al ordenamiento vigente: cualquier pacto en contrario es nulo de pleno derecho. Aplica tanto a contratos puntuales como a contratos de tráfico continuado, con independencia del paquete contratado (Básico, Estándar o Premium).
Fuerza mayor
No nos hacemos responsables de retrasos o incumplimientos por causas de fuerza mayor: averías mecánicas no previsibles, atascos extraordinarios, climatología extrema, retenciones en aduanas, huelgas sectoriales, accidentes ajenos al transportista, restricciones de circulación sobrevenidas y demás casos fortuitos.
Resolución de conflictos
En caso de controversia, las partes se someten al arbitraje de las Juntas Arbitrales de Transporte de Madrid.
23. No Elusión, No Competencia y Confidencialidad
23.0. Aceptación. Al aceptar el presupuesto emitido por TRANSVOLANDO, S.L. — ya sea por respuesta escrita expresa (correo electrónico, mensaje, carta), por confirmación verbal grabada, por inicio de ejecución del servicio (entrega de la mercancía al transportista, autorización de recogida, comunicación de fecha de carga) o por pago — el CLIENTE acepta expresamente la totalidad de las presentes Condiciones, incluida de modo destacado la presente cláusula 23, que ha sido referenciada en el cuerpo del presupuesto y le es plenamente oponible aunque no haya sido firmada manuscritamente, conforme a los artículos 1262 y 1278 del Código Civil, 51 del Código de Comercio y 5 de la Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación.
23.1. Definición. A los efectos de esta cláusula se entenderá por “Carrier Introducido” cualquier transportista, operador, conductor o empresa de transporte que TRANSVOLANDO, S.L. presente, recomiende, asigne o subcontrate para la prestación de un servicio al CLIENTE, así como cualquier persona física o jurídica vinculada a dicho transportista (filiales, sociedades del mismo grupo, autónomos colaboradores).
23.2. Compromiso de no elusión. El CLIENTE se obliga, durante la vigencia de la relación comercial con TRANSVOLANDO, S.L. y durante un plazo de veinticuatro (24) meses posteriores a la fecha del último servicio facturado, a NO contratar de forma directa, ni indirectamente a través de terceros, sociedades vinculadas, filiales, empleados, agentes o intermediarios, los servicios de transporte de cualquier Carrier Introducido, sin la mediación contractual y comercial de TRANSVOLANDO, S.L.
23.3. Confidencialidad y secreto empresarial. La identidad, datos de contacto, condiciones económicas, capacidades, autorizaciones administrativas, rutas habituales y cualesquiera otros datos relativos a los Carriers Introducidos tienen la consideración de información confidencial y secreto empresarial protegido por la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. El CLIENTE se obliga a no revelar, divulgar, explotar comercialmente ni utilizar dicha información para fines distintos a la ejecución del contrato de transporte vigente con TRANSVOLANDO, S.L.
23.4. Pena convencional (Art. 1152 Código Civil). El incumplimiento de los compromisos asumidos en los apartados 23.2 y/o 23.3 generará, automáticamente y sin necesidad de requerimiento previo ni prueba del daño, el derecho de TRANSVOLANDO, S.L. a percibir del CLIENTE una indemnización a tanto alzado equivalente a la mayor de las siguientes cantidades: (a) el doscientos por ciento (200%) del importe total facturado en los últimos doce (12) meses al CLIENTE por servicios prestados con el Carrier Introducido afectado; o (b) un mínimo de cinco mil euros (5.000 €) por cada operación de transporte realizada en elusión. Esta indemnización tiene carácter de cláusula penal sustitutiva de los daños y perjuicios (Art. 1152 CC), sin perjuicio del derecho de TRANSVOLANDO, S.L. a reclamar daños adicionales si los efectivamente causados superasen dicha cuantía, y de las acciones de competencia desleal previstas en los artículos 14 y 32 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
23.5. Reconocimiento expreso. El CLIENTE reconoce que la red de transportistas de TRANSVOLANDO, S.L. constituye un activo empresarial fruto de inversiones continuadas en prospección, homologación, control de cumplimiento normativo (LOTT, LCTTM, ADR, CMR), control de seguros y verificación documental, y que su explotación elusiva por parte del CLIENTE causa un daño económico cierto, evaluable y previsible.
23.6. Salvaguardia. La nulidad o invalidez de cualquier apartado de esta cláusula no afectará a la validez de los demás. Los pactos de no elusión, confidencialidad y la pena convencional subsistirán por su naturaleza tras la finalización del contrato.
24. NO CAPTACIÓN, NO COMPETENCIA Y CONFIDENCIALIDAD POR PARTE DEL TRANSPORTISTA
24.0. Aceptación. Al aceptar la Orden de Carga emitida por TRANSVOLANDO, S.L. — ya sea por respuesta escrita expresa (correo electrónico, mensaje, carta), por confirmación verbal grabada, por inicio de ejecución del servicio (presentación a carga, recogida de la mercancía, comunicación de fecha de carga) o por cualquier otro acto inequívoco — el TRANSPORTISTA acepta expresamente la totalidad de las presentes Condiciones, incluida de modo destacado la presente cláusula 24, que ha sido referenciada en el cuerpo de la Orden de Carga y le es plenamente oponible aunque no haya sido firmada manuscritamente ni sellada físicamente, conforme a los artículos 1262 y 1278 del Código Civil, 51 del Código de Comercio, 5 de la Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación y al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) sobre identificación electrónica y servicios de confianza.
24.1. Definición. A los efectos de esta cláusula se entenderá por “Cliente Final Introducido” cualquier expedidor, destinatario, fábrica, almacén, planta de carga o descarga, contratante o tercero al que el TRANSPORTISTA acceda con motivo o consecuencia de una Orden de Carga emitida por TRANSVOLANDO, S.L., así como cualquier persona física o jurídica vinculada a dicho cliente final (filiales, sociedades del mismo grupo, empleados, agentes o intermediarios).
24.2. Compromiso de no captación. El TRANSPORTISTA se obliga, durante la vigencia de su relación comercial con TRANSVOLANDO, S.L. y durante un plazo de veinticuatro (24) meses posteriores a la fecha de la última Orden de Carga ejecutada, a NO contactar, contratar, captar, atender, prestar servicios ni gestionar transporte alguno — directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, a través de terceros, sociedades vinculadas, filiales, empleados, agentes, intermediarios o redes profesionales — con ningún Cliente Final Introducido, sin la mediación contractual y comercial expresa de TRANSVOLANDO, S.L.
24.3. Redirección obligatoria de comunicaciones. Toda comunicación, contacto, requerimiento o solicitud comercial recibida por el TRANSPORTISTA del Cliente Final Introducido — por teléfono, WhatsApp, correo electrónico, redes sociales, o cualquier otro canal — deberá ser redirigida al Departamento de Tráfico de TRANSVOLANDO, S.L. en plazo máximo de veinticuatro (24) horas, sin facilitar al cliente final datos propios del TRANSPORTISTA ni datos de la operación contractual con TRANSVOLANDO, S.L. Queda terminantemente prohibido al TRANSPORTISTA y a sus conductores facilitar tarjetas, números de teléfono propios, presupuestos directos o cualquier información comercial.
24.4. Confidencialidad y secreto empresarial. La identidad, datos de contacto, condiciones económicas, rutas, frecuencias, contactos comerciales y cualesquiera otros datos relativos a los Clientes Finales Introducidos tienen la consideración de información confidencial y secreto empresarial protegido por la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. El TRANSPORTISTA se obliga a no revelar, divulgar, copiar, almacenar, comerciar, explotar comercialmente ni utilizar dicha información para fines distintos a la ejecución del contrato de transporte vigente con TRANSVOLANDO, S.L. Esta obligación subsiste indefinidamente tras la finalización del contrato.
24.5. Pena convencional (Art. 1152 Código Civil). El incumplimiento de los compromisos asumidos en los apartados 24.2, 24.3 y/o 24.4 generará, automáticamente y sin necesidad de requerimiento previo ni prueba del daño, el derecho de TRANSVOLANDO, S.L. a percibir del TRANSPORTISTA una indemnización a tanto alzado equivalente a la mayor de las siguientes cantidades: (a) el doscientos por ciento (200%) del importe total facturado por TRANSVOLANDO, S.L. al Cliente Final Introducido en los últimos doce (12) meses; o (b) un mínimo de cinco mil euros (5.000 €) por cada operación de transporte realizada en elusión. Esta indemnización tiene carácter de cláusula penal sustitutiva de los daños y perjuicios (Art. 1152 CC), sin perjuicio del derecho de TRANSVOLANDO, S.L. a reclamar daños adicionales si los efectivamente causados superasen dicha cuantía, y de las acciones de competencia desleal previstas en los artículos 14 y 32 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
24.6. Responsabilidad solidaria. Si el Cliente Final Introducido y el TRANSPORTISTA colaboran o concertaran la elusión, ambos responderán solidariamente ante TRANSVOLANDO, S.L. de la pena convencional prevista en el apartado 24.5, sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que pudieran corresponder.
24.7. Reconocimiento expreso. El TRANSPORTISTA reconoce que la cartera de Clientes Finales de TRANSVOLANDO, S.L. constituye un activo empresarial fruto de inversiones continuadas en prospección comercial, captación, fidelización, control de calidad y atención postventa, y que su explotación elusiva causa un daño económico cierto, evaluable y previsible que justifica el carácter automático y a tanto alzado de la pena convencional pactada.
24.8. Salvaguardia y supervivencia. La nulidad o invalidez de cualquier apartado de esta cláusula no afectará a la validez de los demás. Los pactos de no captación, confidencialidad, redirección de comunicaciones y la pena convencional subsistirán por su naturaleza tras la finalización del contrato.
La solicitud de nuestros servicios supone la aceptación de estas condiciones.